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Cabildo iturbidense aprueba que tercero preste servicio de alumbrado público

Redacción/San José Iturbide. – El Ayuntamiento local, aprobó por mayoría de votos, declarar la ‘conveniencia’ de que el servicio de alumbrado público lo preste un tercero, esto, mediante el otorgamiento de una concesión.

Cabe hacer mención, que el dictamen correspondiente fue presentado en pasada Sesión extraordinaria de cabildo a propuesta de la Comisión de Obras y Servicios Públicos, en la cual, se solicitó dicha conveniencia.

Asimismo, que se aprobara:

“La apertura del proceso para la concesión de la prestación del servicio de alumbrado público, garantizando las condiciones de generalidad, suficiencia, permanencia, regularidad, continuidad y uniformidad en el servicio”.

Por lo cual, posterior a su análisis, el punto fue aprobado con 8 votos a favor, 1 en contra por parte de regidor Víctor Arnulfo Montes de la Vega, y un ausentismo por parte de la regidora Verenice Rico Merlo.

El regidor Víctor Arnulfo Montes de la Vega, durante la sesión, pidió que se diera más tiempo para revisar lo solicitado, pues se presentaban ‘claroscuros’ en la información proporcionada.

“Hay claroscuros que no permiten plantear este tema, existe el hecho de no saber hasta dónde realmente el ahorro que tenemos en el DAP (derecho de alumbrado público) y otras cosas pudiera servir para que el municipio haga directamente el trabajo y no a través de terceros”

resaltó.

Añadió que, es de importancia el saber cuánto se está pagando y ahorrando de Derecho de DAP y usar los recursos para que el municipio cumpla la ley y brinde este servicio público y no las autoridades nos declaren “incompetentes” para hacerlo.

Lo que marca la ley

El artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, menciona que, los Municipios tendrán a su cargo las funciones y servicios públicos como lo son: agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de sus aguas residuales, alumbrado público, limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos y más.

El Artículo 165 de la Ley Orgánica Municipal para el estado de Guanajuato y sus municipios señala que: Los Ayuntamientos prestarán los servicios públicos, en igualdad de condiciones a todos los habitantes del municipio, en forma permanente, general, uniforme, continua, de acuerdo al Programa de Gobierno Municipal y observando el principio de Gobierno Digital.

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